El decisivo sexto hombre del TC

Manuel Aragón, Magistrado del Tribunal Constitucional de EspañaLa sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña no puede demorarse. Si lo hiciera, las presiones sobre el alto tribunal podrían resultar ya irresistibles. En el TC se ha generalizado la opinión de que las consultas independentistas del pasado fin de semana en 167 municipios de Cataluña no sólo eran una afirmación soberanista, sino también una forma de presión al Tribunal. Ofrecer más margen de tiempo para que se organicen otras medidas que pretendan condicionar a los magistrados, se considera en el TC una auténtica temeridad.

Por eso, todas las miradas están puestas en Manuel Aragón, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid, designado magistrado del TC a propuesta del Gobierno en junio de 2004. Aragón, considerado un progresista, es también un riguroso jurista. Está alineado con los magistrados críticos con  aspectos esenciales del Estatuto catalán, aunque entre ellos median matices de alguna importancia. El único magistrado que puede liderar la sentencia –y no favorable al Estatuto— es Manuel Aragón porque ni la presidenta del TC, María Emilia Casas, ni la ponente de la resolución, Elisa Pérez Vera, disponen de autoridad moral sobre el resto de magistrados. Aragón la tiene. Porque añade, a su magisterio en derecho constitucional, una ideología más cercana a las tesis de un socialismo moderado –más bien, socialdemócrata— que fueron las que aconsejaron al Gobierno a proponerle para el TC.

Manuel Aragón expresó en una Tercera del diario ABC del 17 de diciembre de 2003 (ver PDF) –es decir, hace poco más de seis años— cuál era su criterio sobre los elementos fundamentales que se discuten en el Estatuto catalán, si bien lo hizo en referencia al plan de Ibarretxe, en el que se proponía una reforma del Estatuto vasco que articularía una “comunidad libre asociada” de Euskadi con el resto de España. Aragón escribió en ABC que el tal plan no suponía una reforma estatutaria sino “el ejercicio de un poder constituyente propio, en abierta oposición a los artículos 1 y 2 de la Constitución que atribuyen el poder constituyente sólo al pueblo español y que proclama la indisoluble unidad de la nación española (…)”.

Pero Manuel Aragón iba más lejos: “Y que no se diga que con la impugnación se sustrae a la representación popular, esto es, al Parlamento Vasco, la discusión de un asunto, que se invade el campo de lo político, que es por esencia el campo del debate parlamentario. Esta perspectiva no la comparto. Claro que no puede sustraerse nada al debate parlamentario, pero siempre que se cumplan las reglas exigidas por el ordenamiento.”Y añadía: “Lo que ha ocurrido es que a través de una simulada reforma del Estatuto de Autonomía, que realmente no es una reforma  estatutaria sino el ejercicio de un poder constituyente propio del que se carece, se pretende reformar la Constitución fuera de los cauces previstos para ello. El fraude no puede ser mayor.”A lo largo de este artículo Manuel Aragón reivindicaba, sin exención alguna, el papel del Tribunal Constitucional para contrastar la constitucionalidad de todas las leyes, incluidos los Estatutos y, como se deduce literalmente de los párrafos que he transcrito creía en la unicidad de la nación española y en que la soberanía reside en el pueblo español  en su conjunto. Sobre todos estos aspectos está montado el debate en torno a la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña.

De tal manera que el sexto hombre del TC –que sobre diez magistrados daría la mayoría a los que estiman que el texto estatutario vulnera la Constitución— se ha manifestado hace mucho tiempo sobre los puntos cruciales que están en discusión. Sólo un giro copernicano en sus criterios –altamente improbable dada su solidez jurídica—invertiría la actual correlación de fuerzas en el TC.

La imposible “nación de naciones”Hace diez años –como publicó el pasado 29 de noviembre el diario El País-, Manuel Aragón también se pronunció sobre estas cuestiones en un trabajo titulado “El modelo territorial del Estado en España y sus problemas actuales”, en el que descartaba que el concepto de “nación de naciones” encajase en la Constitución. Entendía entonces, y en 2003, que el español es un Estado unitario y autonómico.También se refería en ese trabajo al concepto cultural de nación que para él se correspondería con el de nacionalidad. Aragón consideraba entonces que introducir el término nación, reservada sólo a España, en un texto legal implicaba un germen “de disolución” del “texto constitucional” e incluso “del propio Estado”.Está claro que entre la Tercera de ABC de 17 de diciembre de 2003 y del trabajo reseñado, escrito hace una década, Manuel Aragón, el hombre decisivo entre los diez magistrados del Tribunal Constitucional, ha dictado por anticipado su criterio sentenciador. Y no se ve razón alguna para que ese criterio sea cambiado.  Es, pues, el sexto hombre. Porque un empate a cinco –los magistrados, insisto, son diez— lo quebraría (aunque no quiere hacerlo) el voto de calidad de la presidenta María Emilia Casas que recordaría el triste episodio de Manuel García Pelayo, primer presidente del alto tribunal, que lo utilizó para salva al Gobierno de González en el asunto Rumasa.

Las cosas, pues, en términos jurídicos están bastante claras. Hace falta que la política, y el civismo, ambos, respeten las reglas de juego, según las cuales, el Estatuto de Cataluña, lamentablemente para todos, padece de graves infracciones constitucionales. Y si lo que se quiere es cambiar la Constitución, dígase alto y claro que en este país nadie se asusta ya de ninguna propuesta que, además, sería legítima y, en algunos aspectos, también – lo ha dicho el Consejo de Estado— necesaria.

José Antonio Zarzalejos

El Confidencial (19.12.2009)

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