El pasado 15 de marzo se celebraron elecciones legislativas en los Países Bajos. El resultado constata, una vez más la pluralidad de opciones con representación parlamentaria. La composición del arco parlamentario es de cinco partidos medianos y otro más votado pero no mayoritario más otros siete partidos minoritarios. Los análisis sobre esos resultados no contemplan que dicha pluralidad se da gracias a un sistema de representación muy fiel con la voluntad de los ciudadanos. Un análisis que se echa de menos.
El sistema electoral neerlandés
En mi ensayo “El valor real del voto” le dedico el apartado 3.6, no demasiado extenso a pesar de ser el referente para mi propuesta de reforma para el sistema electoral español. Me limito a contar las bondades del sistema electoral neerlandés: Es un sistema de circunscripción única donde se reparten todos los escaños en función de los votos obtenidos por cada candidatura. El resultado es una equivalencia entre el porcentaje de votos obtenidos por candidatura y la representación asignada en el parlamento. Esto unido a un Índice de Poder de Voto (IPV) muy cercano al ideal: 1 (uno) y a un número muy bajo de votantes sin representación: 88.655 (menos del 1%). Dichos datos corresponden a las elecciones de 2012
Para realizar el análisis de las elecciones de 2017 he utilizado los datos extraídos del documento del Kiesraad (Consejo Electoral de los Países Bajos) El sistema de asignación de escaños es singular ya que realiza una primera asignación de escaños (directos) dividiendo el total de votos de cada candidatura por la media general (Media=Votos validos/150) –Exactamente igual que en mi propuesta– Dado que siempre quedaran un número de escaños por cubrir los asignaran por sistema D’Hondt permitiendo que los partidos pacten sumas de restos. En esta asignación de restos solo participan los partidos que previamente han obtenido escaño.
En esta segunda fase mi propuesta difiere ya que la asignación de los escaños pendientes se hace al resto mayor sin restricciones lo que permite (no siempre, en este caso no) que puedan acceder a escaño candidaturas que no llegan al mínimo impuesto, en este caso la media.
La diferencia entre ambos sistemas es mínima (ver gráfico 1) ya que los porcentajes de representación en el legislativo son muy similares al porcentaje de votos obtenidos. Al ser tan pocos los escaños pendientes, 8 en 2017, la variación no es muy importante si se usa D’Hondt o Hare y cabe suponer que es debida a la posibilidad de pacto. Otra cosa es mantener el mínimo o no de la media, que puede perfectamente ser debatible.
Los costes medios por escaño y el IPV son muy similares tanto en uno como otro sistema disparándose tan solo en dos casos y debido a la diferente asignación de un escaño menos en ambos casos con el sistema actual. En ese sentido parece más homogéneo, tanto en los costes medios como en el IPV, el sistema Hare. Ver gráfica 2.
El sistema electoral español aplicado a Holanda
Pero la pretensión es profundizar en el análisis y comparar este sistema con el español. Cuando realice el estudio de nuestro sistema para poder compararlo trabaje los datos de diciembre de 2015 (luego lo hice con datos de junio de 2016) como si de un sistema de Circunscripción Única se tratara. Hoy para poder comparar el sistema holandés con el español habré de hacer lo mismo, pero al revés, con sus resultados electorales, es decir: Trabajar con los resultados electorales con las normas que la LOREG y la Constitución Española imponen.
Lo primero es entender los distritos o circunscripciones regionales neerlandesas como si de provincias españolas se trataran. España tiene 52 circunscripciones provinciales y el reparto de sus 350 escaños se realiza asignando inicialmente a cada provincia 2 escaños, menos a Ceuta y Melilla a las que por su tamaño se les asigna uno a cada una. En segundo lugar se asignan proporcionalmente los 248 escaños restantes.
En los Países Bajos el parlamento tiene 150 escaños y esta dividida en 20 distritos o circunscripciones territoriales. De ellos uno, el de Bonaire, es muy pequeño, minúsculo, por lo que lo trataríamos igual que a Ceuta o Melilla. Es decir asignamos inicialmente 2 escaños a los 19 distritos territoriales salvo al comentado que asignaremos 1. Los restantes 111 los asignaremos proporcionalmente mediante un proceso iterativo en el que se divide el censo de cada Distrito por un divisor, partiendo de la media general que se ajusta arriba o abajo hasta completar el total buscado, en este caso 111. Este sistema es equivalente al sistema D’Hondt de reparto, evidentemente se podría utilizar otro como el Haré pero para explicar el resultado es suficiente.
Dado que no tenemos datos del censo, tampoco tenemos el porcentaje de participación por distrito que nos permitiría calcularlo por lo que usaremos los datos de votos emitidos, que aunque supongan algún desvío sobre lo real este es mínimo y en todo caso para la comparación que se pretende son validos. En la tabla 1 se muestran los valores resultantes.
Como puede observarse, en la gráfica 3, al aplicar el sistema de circunscripciones provinciales ya se generan antes de votar diferencias en el Índice de Poder de Voto de los ciudadanos dependiendo de la circunscripción en la que voten. El coste medio por escaño también varía de unas a otras “provincias”.
El caso del pequeño territorio de Bonaire está fuera de todo rango, aunque las otras 19 presentan una homogeneidad del censo mayor que la de las provincias españolas, tan dispares (ver gráfico 1, pág. 25 del ensayo).
En un sistema de circunscripción única el IPV de todos los censados es 1,00.
Con los datos de las votaciones en cada circunscripción realizamos una asignación de escaños por el sistema D’hondt poniendo el limite del 3% para acceder a escaño. El resultado se puede ver en la gráfica 4. Y además podemos compararlo con el sistema de Circunscripción Única.
Es evidente como ya explique en el libro que la confección de listas en los Países Bajos es bastante sui géneris ya que hay listas por distritos y estas son abiertas, es decir una sola lista donde el votante solo puede poner una X, bien al partido o bien a un candidato. El voto a un candidato en todo caso siempre se asigna al partido.
Lo más importante que podemos concluir es que un sistema de circunscripciones territoriales como el español deforma la voluntad popular antes de que se emita el voto y que el resultado final es la sobre-representación de los dos partidos más votados y además de expulsar del sistema parlamentario a los partidos pequeños. Al aplicar este sistema en el caso holandés se sobre-representa a seis partidos, sobre todo al más votado. Siete partidos quedarían muy perjudicados, de los cuales dos mantendrían su representación bajo mínimos y cinco desaparecerían de la escena parlamentaria. Según podemos observar en la gráfica 4.
Es evidente que es un sistema que facilita la creación de mayorías parlamentarias pero lo hace a costa de la representatividad de la ciudadanía. Quitando poder al voto de muchos tanto que los votantes sin representación, en Países Bajos, si se usara este sistema se dispararía hasta los 2.635.938, un 24,95% de los votos emitidos. Cierto que algo menos de la mitad, 1.190.007 son votos a partidos que han conseguido representación, pero no por esos votos que hubieran quedado sin representación en su circunscripción. Pero eso es algo que ocurre en España aunque en porcentajes diferentes dado las diferencias en número de circunscripciones, el tamaño más desigual de estas y las restricciones para presentarse y otras circunstancias difíciles de analizar en un artículo como este.
Si observábamos en la gráfica 2 los costes medios por escaño en circunscripción única son casi equivalentes, independiente del sistema de que el asignación final sea D’Hond o Hare, en cambio en la gráfica 6 podemos ver la distorsión que un sistema de circunscripciones “provinciales” como el español podría producir en los Países Bajos. Los costes más dispares los 886 votos del diputado de Bonaire frente a los 101.678 votos del escaño de D.Bosch y paradójicamente a la misma formación: D66.
Aquí seguramente alguien se llevará las manos a la cabeza y dirá eso es una burrada y un ejercicio tergiversación. Les recomiendo que revisen cuanto cuestan el escaño más barato y el más caro en España: 12.688 votos el diputado del PSOE en Soria o 13.478 el del PP en Melilla, frente a los 137.718 votos que le cuesta a Ciudadanos su diputado por Sevilla. Eso si nos referimos al Congreso, pero si miramos el Senado Yaiza Castilla Herrera de la Agrupación Socialista Gomera sale elegida como senadora por La Gomera con 4.337 votos, Pablo Rodríguez Cejas de la Coalición Canaria – Agrupación Herreña Independiente obtuvo su escaño de senador con 2.100 votos en la Isla del Hierro frente al 1.310.102 votos que le costo al PP el escaño de Pío García-Escudero Márquez y algo menos los otros dos senadores por Madrid o los 717.138 votos que le costaron al PSOE sacar como senador a Francisco David Lucas Parrón en la misma capital. Ciertamente en el Senado tenemos listas abiertas, si fueran cerradas diríamos que cada senador le costo una media de unos 450.000 votos al PP, pero ese es otro debate: el de listas abiertas mayoritarias o no.
Sería bueno no confundir el sistema de lista abierta neerlandés, donde se selecciona una sola opción, con el sistema de lista abierta utilizado en la elección de los senadores en España. Este es un sistema mayoritario y aquel es proporcional. Solo un análisis pormenorizado evita considerarlos iguales y sobre todo hay que huir de una terminología engañosa y/o superficial.
Conclusiones
Mi pretensión es demostrar las bondades del sistema de Circunscripción Única (Países Bajos) frente al sistema de Circunscripción Provincial (España). Con el ejercicio estadístico aquí desarrollado también se demuestra que el sistema electoral español es en si mismo tramposo por lo que en bien de la ciudadanía es preciso ponernos inmediatamente a reformarlo.
Es evidente que con un sistema electoral de Circunscripción Única como el neerlandés difícilmente, no imposible, el PP habría formado gobierno. Pero más improbable aun es que el nacionalismo catalán tuviera mayoría en el Parlament de Catalunya y que estuviéramos en una situación tan esperpéntica con una Generalitat situándose prácticamente fuera de la Constitución.
La solución no pasa por copiar sistemas Uninominales como el francés o el británico claramente mayoritarios o un sistema de listas abiertas como el del Senado español o como las listas internas de Podemos o Ciudadanos, también mayoritarios, los vistan como los vistan.
La solución es copiar las bondades del sistema neerlandés y completar con normas que faciliten la constitución de gobiernos estables en un tiempo razonable. Pero esa propuesta ya está en mi ensayo y en todo caso precisa de una larga extensión.
Nou Barris. Barcelona. 23 de abril de 2017
Vicente Serrano
Presidente de Alternativa Ciudadana Progresista
Autor de “EL VALOR REAL DEL VOTO” Editorial El Viejo Topo. 2017
Sin representación y sin separación de poderes (ejecutivo y legislativo en elecciones separadas) no hay Democracia. En España se puede votar una lista pero no se puede elegir, los que eligen son los que hacen las listas, y los que salen elegidos son lacayos sumisos de quien los ha colocado en un buen lugar,a ese amo representan no a los votantes, cosa que no sucede con el diputado de Distrito. El diputado de Distrito se debe a sus electores y si ha prometido votar una cosa y vota otra, que se atenga a las consecuencias.
Y otro tema relacionado, los partidos no deben recibir ni un céntimo del Estado, la Asamblea Nacional pertence a la Nación no al Estado, a los Diputados los tiene que pagar el Distrito.
Y otra mas, en las elecciones municipales, aquí en Cataluña el PSC, y Ciudadanos no tienen gente en muchos municipios y hacen la trampa de que cualquiera se puede presentar a concejal, a cambio reciben las migajas de 15 dias de fiesta pagados, y lo digo porque en Correos varios tipos se prestaban a ese juego, legal si, pero para mi peor que lo ilegal. Esta picaresca es posible por el sistema de listas,
Querido Negus. El sistema de distritos uninominales que defiendes se utiliza en EEUU, Gran Bretaña y Francia. Facilita la creación de mayorías y elimina a los partidos pequeños. En el caso de los nacionalistas estos tendrían mayorías más sólidas que las actuales.
¿Como se puede cesar a un diputado que es posible que tan solo tenga el 25% de los votos?
Amigo Vicente, en Inglaterra hay representación pero no hay separación de poderes, al ejecutivo lo elije el legislativo, los sistemas americano y francés son democráticos pues sí tienen separación de poderes, el americano tiene el gran defecto de los compromisarios en las elecciones presidenciales, pues no se ajusta muchas veces el voto de los delegados con el voto popular, este sistema fué util en el pasado en un país enorme, hoy debería ser modernizado. Prefiero el Francés.
Al diputado de distrito (con mandato imperativo), se le podría elegir junto a un suplente, y si su actuación no fuera acorde con lo que se espera de él, el Distrito lo suspende.
A mi no me incomoda que no haya partidos pequeños, y para el caso de las regiones donde el separatismo tuviera mayoría te dejo el ejemplo del Presidente Eisenhower,cuando «democraticamente» en Arkansas se quería impedir la entrada de chicos negros en los colegios de blancos, quitó la competencia al Gobernador del Estado y puso a sus órdenes a la Guardia Nacional, y por si las moscas envió un batallón de paracaidistas con órdenes tajantes y todas las chulerías de los racistas quedaron en nada. Esto aquí en el reino del consenso es impensable,
Interesantísimo artículo, muy bien complementado por los no menos interesantes comentarios